martes, 14 de noviembre de 2017

Ano de 1753. A Capela de San Xosé en Pumar de Suso. O Barreiro



A capela está situada no barrio do Barreiro, concretamente no lugar de Pumar de Suso.

Porta principal


Aínda que hoxe encóntrase reconvertida nun alpendre, todavía conserva os muros da nave principal e da sacristía, o chan está empedrado e no interior posue varias pías e adornos en pedra. Estaba adicada a veneración de San Xosé.

No ano 1753 cítase no catastro de Ensenada que existían tres capelas na feligresía de Santa María de Salceda: San Antonio (pazo de Avalle), San Benito (pazo de Pegullal) e San Xosé en Pumar de Suso.

A finais do século XIX, a capela de San Xosé caeu en decadencia, o seu titular a partir do ano 1785 foi Diego Pousa Fernández, crego de menores causas, que ademáis era propietario das casas contiguas e terras vinculadas á dita capelanía. Dito abade tiña tamén outras propiedades en Tui e noutros lugares, e parece que non adicaba o suficiente interese pola capelanía de San Xosé de Salceda.

Casa vinculada á capela

Interior da eira


No ano 1800 o abade de Salceda, Anselmo Benito Rodríguez iniciou un pleito ante o Tribunal Eclesiástico para reclamar a titularidade da capelanía por incumplimento das obrigas da fundación e por suposto abandono do mantemento da capela. A capela e as rendas foron embargadas, ata que Diego Pousa aportou a fianza e acreditou o cumprimento das obrigas.



Ylmo Sr. El día sabado veintiseis del que rige, ynformé de palabra a V.S. Ylma. las seguras señales, que tenia para conceptuar que Don Diego de Pousa Fernandez, clérigo de menores y capellán de la capellanía colatiba de la advocación de San Joseph sita en esta parroquia, no cumplía con la obligación del oficio Divino, y mas cargas annesas a la tal fundación, y que mediante hallé en el una total ygnorancia del modo de regir del rezo, hacer las correspondientes comemoraciones, y mas particulares que nos mandan las rubricas, hiceme cargo, que este hombre jamás havia rezado, quando hai mas de catorce años, que está posesionado de la dicha capilla, luego le hice las correspondientes correciones, y por ver el ningun provecho que de ella le resultó, a causa de una pereza, y envejecida falta de regimen en que parece siempre vivió, pasé y paso a ponerlo en noticia de V.S. Ylma. a finde que para remediar semejante conducta se sirvan tomar las providencias, que sean del agrado de V.S.Ylma., y de Dios nuestro Señor, a quien pido conserve su ymportante vida por los dilatados de sus dias, B.S.M. de V.S.Ylma, el mas humilde subdito y capellan.
Fdo. Antonio de Castro y Montenegro.
Salceda y Abril 28 de 1800.








En cumplimiento del decreto antecedente, yo el infraescrito notario de Poyo de uno de los dos oficios de asiento de esta Audiencia y Tribunal eclesiástico certifico y hago fe en verdad de testimonio que en el pleito que se está disputando en dicho tribunal y por el referido oficio de mi cargo entre Don Anselmo Benito Rodríguez clérigo vezino de la feligresía de Santa María de Salceda y Don Diego Pousa Fernández clérigo de menores, capellán de la capellanía colativa de advocación de San José fundada en la Parroquial de dicha feligresía de Salceda. Sobre que se prive a este de su obtención y goce por las razones que ha expuesto dicho Don Anselmo en su demanda en cuyo pleito como se subestase también en la omisión y desidia de dicho capellán en reparar la capilla, casas y vienes de su fundación y la falta de cumplimiento de las misas que tiene de cargas se procedió al reconocimiento y estado de la citada capilla y vienes de su datación mandando al mismo tiempo que el Abad de dicha feligresía de Salceda certificase lo que le constase no solo quanto al cumplimiento sino también quanto al de las mencionadas misas y en efecto dio el certificado siguiente:
En dicha villa dia mes y año que preside yo escribano manifesté a Don Joaquín Canseco de la Bandera, abad y cura párroco en ella, el despacho antecedente de los señores provisores en su persona que enterado de el dijo, que el Don Diego Pousa quando reside en esta parroquia, quien se retira a la de donde es oriundo en la ciudad de Tuy y mas parajes que le tiene cuenta que estando en estas algunas veces baja a la Iglesia. La misa semanaria no save quien le corra con ella. Las cantadas que no asistió a ninguna de que lo aia echo. Y si con lizencia del que dice en el diziembre del año próximo pasado cantaron alguna en dicha capilla que oyi fueran diez y siete y también le consta hizo cantar las de los siete primeros años y no hay duda cumple en esta parroquia con el precepto pascual. Que es quanto puede decir y certificar en el particular y lo firma de que doy fe: Don Joaquín Canseco de la Bandera. Ante mi Francisco Antonio Pedrero de Barros.
Y como del recomiento resultase el deplorable estado que en la actualidad tenían las expresada capilla, sus casas y vienes y el referido capellán no cumpliese dentro del término que se le prefixo de repararlas dar fianza eclesiástica de hacerlo igualmente en hacer haber tener cumplido con las expresadas Misas se puso secuestro y embargo en los expresados vienes y rentas de dicha capellanía, y esto presentando una relación de las misas cantadas que estavan celebradas y recivos de las rezadas que el tenor de ellas es el siguiente:
Diciembre tres de mil setecientos noventa y seis. Misas cantadas San Josef:
Don Manuel Cavaleiro cantó tres misas. Don Juan Antonio de Lemos cantó tres misas. Don Josef Ignacio Alvarez cantó tres misas. Don Francisco Romero cantó tres misas. Don Josef Antonio Bernárdez cantó tres misas: Los siete años antecedentes están cumplidos por la certificación que dió el Señor Abad por la declaración que le fue pedida por la contraria (...)
Presentose igualmente por parte del mencionado capellán un papel de contrato entre el Sr. dicho y los maestros de carpintería de las obras que estos havian de hacer en la expresada capilla y casa de su fundación por la cantidad de 1900 reales pidiendose por dicho capellán que respecto con todo ello hacía ver el cumplimiento de lo que se le havía prevenido de suspendiese toda providencia en esta parte presentando también posteriormente el recivo siguiente: Don José Ygnacio Alvarez presvítero vecino de la Picoña, certifico y siendo necesario que Don Diego Pousa, capellán de San Josef en Salceda con motivo de hir los mas de los dias a decir Misas a su capilla me encargó desde su principio una semanaria de su fundación, con la que corri hasta aora y correré mientras no mudere de voluntad, de cuya limosna atrasada y hasta aquí me doy por satisfecho. Y pare que conste de pedimento de dicho capellán lo firmo: Picoña y octubre 23 de 1798. Don Ygnacio Alvarez.
Y con vista de todo ello y de lo deducido por una y otra parte se dió auto por el que reservándose determinar lo conveniente sobre los varios y articulares de que se tratava y atendiendose lo al que mas instava que para el reparo y remedio de la capilla y vienes de su fundación, teniéndose en consideración que según resultava se estava y al travajando con efecto en repararlos y que para proseguir la obra se hacían precisos los frutos que se havian mandado embargar se alzaba para solo dicho efecto el secuestro y embargo de ellos y vienes de dicha capellanía vajo la precisa condición de que dicho capellán diese fianza eclesiástica abonada y bastante para reparar la espresada capilla y sus vienes y de su fundación en la forma que correspondía y assí mismo para el cumplimiento de las misas que se verificasen no estar cumplidas y reintegro de los muebles y alhajas que debían substituir y dejó el fundador si se averiguase faltan algunos. Y haviendo cumplido dicho capellán con la presentación de dicha fianza prevenida por el mencionado, aún con su vista se mandó poner en execución el desembargo de los referidos frutos y vienes de dicha capellanía y que el depositario los entregase al expresado capellán y se está tratando sobre lo principal, según que lo relacionado muy largamente consta de dichos autos y lo aquí inserto concuerda con ellas a que me refiero y en fe de ello y cumplimiento de la mandado doy el presente que firmo en estas cinco ojas, la primera que es la del pedimento y la que se sigue y está del sello que se reconoce y las de su intermedio papel común.
En dicha ciudad de Tuy a 30 de julio de 1800
Gabriel Jacobo Gómez.
Arquivo Histórico Diocesano de Tui





Avanzado o século XIX, as casas e terras vinculadas á fundación e capelanía de San Xosé foron desmembradas da capela, pasando a ser propiedade laica dos sucesores mentres que a capela pasou a ser de titularidade eclesiástica.

Datado en 1856 está o testamento dun abade de Santa María de Salceda chamado José Ramón Troncoso, quen pediu que antes de ser enterrado o seu cadáver no cemiterio parroquial, fose velado na capela de San Xosé:



En la villa de Santa María de Salceda de diecinueve días del mes de once de mil ochocientos cincuenta y seis, yo Don José Ramón Troncoso, Abad párroco de esta vecindad, a pie y en mi entero caval juicio y entendimiento natural creo en todos los misterios de nuestra Santa Madre Yglesia Catolica Apostolica Romana en cuya fe vivo como tal Catolico Cristiano, y ordenando mis cosas hago esta mi disposición testamentaria como sigue.
Amortajado mi cuerpo con las vestiduras sacerdotales sepultado en el cementerio de esta parroquia y hallandose mi dicho cuerpo echo cadaver sea depositado en la capilla de San José de esta espuesta parroquia (...)
Declaro que tengo en mi compañía a mi hermana Doña Benita Troncoso soltera, a quien por los servicios que me tiene echo y que espero continuará hasta mi fallecimiento le legato para siempre jamás la Casa y lugar donde vivo al sitio titulado da Carvallida en esta Parroquia de Salceda (...)
Escribano Juan Francisco Alvarez. Protocolos Notariales. Arquivo Histórico Provincial de Pontevedra




A finais do citado século XIX deixouse de celebrar oficios na capela, a imaxe de San Xosé foi trasladada á igrexa parroquial, onde todavía se conserva en bó estado de conservación, e a capela foi desacralizada e abandonada ata que entrou en estado semiruinoso.

Entrada lateral



No ano 1925 don José Gil cura párroco titular de Santa María de Salceda solicitou ao Bispado de Tui a autorización para a venda da capela:



Ylmo y Rvdsmo Sr Obispo de Tuy.
Don José Gil Pérez, cura párroco de Santa María de Salceda en este obispado a S.Ylma.Rev. con el mas profundo respeto expone:
Que en el barrio de Pumar de Suso, perteneciente a esta parroquia de Salceda, existe una capilla llamada de San José cuya techumbre en gran parte se ha derrubado y en cuyos altares están completamente deteriorados y casi deshechos, de manera que en la forma en que se encuentra, es en absoluto irreversible.
Como no se encuentra con recursos para su arreglo y aunque los hubiera, el infraescrito no cree conveniente dicho arreglo, porque mermaría las ofrendas a la parroquial, y a fin de aprovechar algo de ella para el culto de la iglesia a S.Y.R. humildemente suplica se obligue autorizarle para enagenarla al que mejor la pague o mas se acerque al precio señalado por las personas peritas cuyo informe acompaño.
Es gracia que el recurrente espera obtener de la bondad de S.Y. cuya preciosa vida conserve el Señor muchos años para bien de la Iglesia.
Salceda, 8 de marzo de 1925
José Gil Pérez

Arquivo Histórico Diocesano de Tui




Detalle da tasación feita por Manolo de Tacura e Faustino Juste:



Manuel Núñez Rodríguez maestro de obras y Don Faustino Juste Domínguez perito agrimensor, vecinos ambos de Santa María de Salceda, en la provincia de Pontevedra informamos:
Que según nuestro parecer el valor de la capilla en ruina llamada de San José sita en el barrio de Pumar de Suso de esta parroquia de Salceda, incluyendo en solar de la misma asciende a 936 pesetas.
Y para que así conste, lo firmamos en Salceda, a 17 de Febrero de 1925.

Arquivo Histórico Diocesano de Tui







Ylmo. y Reverendisimo Señor Obispo de Tuy
Para poder informarle con conocimiento de causa sobre la situación de la capilla denominada de San José en la parroquia de Salceda, me trasladé acompañado del Señor Teniente Arcipreste Abad de Entienza a aquel lugar el día 21.
Dicha capilla la hemos encontrado solamente con sus paredes en regular estado de conservación. Es pequeñita y endosada a una propiedad con puerta lateral. La puerta principal mira a la entrada de esa propiedad y de un camino de poco mas de tres metros de ancho.
Las imágenes de los altares que tiene, ya las había trasladado a la parroquial el párroco anterior y haciendo averiguaciones entre algunos vecinos de interés por la restauración de la misma por cuenta de ellos, se mostraron poco decididos y casi indiferentes.
En consecuencia somos de opinión se enagene en beneficio de la parroquial. Los tasadores son personas competentes y honradas, según informes, y no nos parece fuera de razón la tasa.
Caldelas 23 de marzo de 1925.
Manuel María Fernández Vázquez.

Arquivo Histórico Diocesano de Tui




Detalle do interior da capela:





Non houbo interesados na compra da capela e seguiu deteriorándose durante 11 anos mais, ata que apareceu un comprador que ofreceu por ela 250 pesetas:


Exmo. Sr. Ylmo. Obispo de Tuy
Don José Gil Pérez, Abad Párroco de Santa María de Salceda en este obispado a V.E. con todo respeto expone:
1º Que en el año 1925 fuí autorizado según oficio que acompaña para enajenar una capilla, ya en ruinas titulada de San José sita en el barrio denominado Pumar de Suso, de esta parroquia.
2º Que hasta el presente no hubo quien se interesase en comprarla, por cuya razón se ha arruinado mucho mas de los que entonces estaba, no quedando en la actualidad mas que las paredes.
3º Que la persona que ahora se interesa en comprarla no ofrece mas que 250 pesetas.
4º Que auque quisiésemos restaurarla no se cuenta con recursos para hacerlo ni lo considero necesario, por cuanto el nucleo de población que la rodea puede muy bien como ya lo hace, concurrir a la iglesia parroquial.
5º Que de no venderla, en esta ocasión probablemente no habrá después quien se interese en la compra de la misma, y entonces no se aprovechará nada de ella, pues terminará por derrumbarse del todo.
6º Que el precio de 936 pesetas tasado antes, es ahora, muy exagerado porque como digo no existen mas que las paredes.
Por consiguiente en virtud de lo expuesto creo ser conveniente enagenar dicha capilla derruida con su area en el precio de 250 pesetas que dan por ella a fin de aprovechar algo en forma de la Iglesia. 

Por eso recurro a V.E. rogándole se obligue autorizar la venta en las condiciones arriba dichas, y el empleo del dinero producto de la venta, en lo mas necesario de esta iglesia parroquial de mi cargo.
Es gracia que espero conseguir de la bondad de V.E. cuya vida conserve el señor para bien de su iglesia.
Salceda, 8 de enero de 1936
José Gil Pérez

Arquivo Histórico Diocesano de Tui



Sacristía


A capela foi comprada pola mesma familia que posuía a casa e terreos estremeiros que estiveran vinculados á capelanía, voltando desde entón a continúar xuntos. Pero esta vez a capela foi adicada a alpendre.

Vista exterior


A mediados do século XX foron vendidos o campanario e varios pináculos que continuaban desde a parte baixa do campanario e cumio da capela ata a parte superior do vetusto portal principal que da acceso a casa e eira, xunto co altar e varias pedras labradas como a do fornelo e ménsula onde estaba exposta a imaxe de San Xosé para ser empregados na reconstrucción dunha igrexa na cidade de Pontevedra.

Imaxe orixinal de San Xosé que era venerada na capela.
 Na actualidade está na Igrexa parroquial.



A pesar de que a capela quedou sen culto, os veciños seguiron celebrando a festividade de San Xosé durante moitos anos despois.

Cada ano unha familia facíase cargo da organización da festa, e quince días antes do festexo ían polas casas dos veciños para recaudar viño, millo, centeo, pitas ou calquer produto que se producía na casa, os cales eran vendidos para pagar a celebración. A imaxe de San Xosé era sacada da igrexa parroquial e levada en procesión ata o Valadouro, un terreo baldío que había en Pumar de Suso, no cruce de camiños lindante co lugar da capela, e alí celebrábase pola tarde a festa amenizada por un gaiteiro. E era obrigado retribuir ao cura cunha rosca grande, un galo e un cabazo de viño.