(...)
ellos ni sus antepasados ni alguno de ellos no son, ni han sido moros,
marranos, judios, quemados, inbenitados, recien convertidos, reconziliados, ni
ultimamente de algún genero de judaismo, ni otra seta reprobada
(...)
ni alguno de ellos han tenido, ni exercido oficios viles ni mecanicos como
son de zapatero, pregonero, porquerizo, verdugo o cortador de carne, ni
otro que induzqa infamia, abajeza, ni menos estimación
En xuño do ano 1721 desprazouse a Salceda, Joseph Alvaro de Puga, colexial informante do
Colexio Fonseca da Universidade de Santiago para facer o informe sobre a pureza
de sangue de Simón Cabaleiro, consistente en certificar que o
sangue que corría polas veas de Simón era pura cristiá e de ascendentes tamén
puros cristiáns, para poder optar a unha bolsa teolóxica para estudar no
colexio de Fonseca en Santiago.
Dita proba de
limpeza de sangue pretendía evitar que os descendentes de cristiáns conversos,
doutras relixións, ou persoas impuras puidesen acceder a cargos eclesiásticos,
tamén era común que se fixesen ditas probas para poder optar a altos ou
distinguidos cargos públicos do reino.
O informante trasladouse
a Santa María de Salceda a poboación
natal do aspirante bolseiro, para solicitar unha copia da partida
bautismal, comprobar a idade do pretendente e outros datos familiares.
Seguidamente, iniciou o interrogatorio a varios veciños co fin de
pescudar a natureza dos seus pais, avós e bisavós, desprazándose ás poboacións
que fosen necesarias para tal comprobación.
Simón Cabaleiro
era irmán dos tamén abades Francisco e Juan Cabaleiro Besada Zúñiga, e sobriño de
Pedro e Juan Cabaleiro Romero, todos eles sacerdotes nacidos na casa da Costa sita en Altamira.
En Santa María de
Salceda interrogou o informante a 15 veciños:
- Thomas Gil Correa, clérigo presvitero e abade,
- Juan Rodriguez de Herbón, clerigo presvitero,
- Juan Gonzalez de Varros, clerigo presvitero
- Francisco Rodriguez, clerigo presvitero,
- Benito Vaqueiro Carballido, clerigo presvitero,
- Domingo Rodriguez da Bouza,
- Gregorio da Farrapeira,
- Silvestre de Carvallido,
- Francisco de Lemos,
- Julian Perez,
- Juan do Agro,
- Lucas Alonso,
- Domingo Gonzalez xuez,
- Benito M. labrador,
- Juan Vaqueiro labrador.
Na feligresía de San Salvador de
Nogueira, bispado de Tui, xurisdición do partido
de Sobroso, interrogou a 6 persoas, sobre a orixe de Catalina Besada (nai),
Pedro Besada e Angela Carvallido (avós maternos), e Alvaro Carvallido (bisavó
materno):
- Juan do Pino labrador,
- Pedro de Ojea labrador,
- Juan da Presa labrador,
- Pedro de Requeixo labrador,
- Alvaro López labrador,
- Marcos de Castro.
Na vila da Picoña, xurisdición de
Dn Bernardino Troncoso de Lira e Sotomayor, interrogou a 6 persoas, sobre a orixe
de Esteban Juan Alonso (bisabó paterno):
- García Losada abade e cura propio,
- Francisco de la Piedra Bugarin labrador,
- Francisco Fernandez labrador,
- Francisco Rodriguez labrador,
- Joseph Muñoz labrador,
- Geronimo da Groba labrador.
Na feligresía de San Xusto e
Pastor de Entenza, interrogou a 5 persoas, preguntando
sobre a orixe de Marta Romero (avoa paterna) e Gregorio Romero e Ana
Fernández (bisavós paternos):
- Dn Juan de Ocampo,
- Dn Diego Mosquera,
- Francisco de Lira,
- Domingo Alvarez labrador,
- Gregorio Gonzalez labrador.
Na vila de San Xurxo de Salceda, interrogou a 3 persoas, sobre a orixe de Francisco
Cabaleiro (avó paterno), Ana Cabaleiro (bisavóa paterna) e Juan Cabaleiro
(tataravó):
- Francisco de Lemos labrador,
- Domingo de Lemos labrador,
- Juan de Comesaña labrador.
No lugar do Casal feligresía de Santa María de
Guláns, xurisdición do bispado de Tui,
interrogou a 4 persoas, sobre a orixe de Paula Moreira (bisavóa materna):
- Gonzalo Lorenzo labrador,
- Domingo Lorenzo labrador,
- Domingo do Agro labrador,
- Domingo de Ojea labrador.
Na Torre de Sen, feligresía de San Esteban de
Budiño, xurisdición do bispado de Tui,
interrogou a 4 persoas, preguntando sobre a orixe de Gregorio Romero (bisavó
materno):
- Juan Sestelo labrador,
- Joseph Fernandez labrador,
- Juan Pérez,
- Domingo M. labrador.
No lugar de Rodas feligresía de San Mamede de
Guillarei, xurisdición do Bispo de Tui, interrogou
a 4 persoas sobre a oríxe de Pedro Besada (avó materno), Fernando Besada e
Ana Fernandez (bisavós maternos):
- Francisco da Villa labrador,
- Juan de Paramos labrador,
- Joseph Fernandez labrador,
- Juan Perez, labrador.
Extracto do testemuño de Francisco de
Lemos, labrador e veciño, de San
Xurxo de Salceda:
A la 1ª que tubo notizias de Ana Cavaleiro y de Juan Cavaleiro padre de esta, tercer abuelo del pretendiente, y save fueron vezinos y naturales de esta villa, y que no tiene noticia de otro algun ascendiente por esta linea, y que las notas que lleva dichas las tiene por aver tratado con muchas personas de esta familia y otras ancianas y aora difuntas de esta tierra, ser vezinos y naturales de esta villa.
(...)
A la 7ª que
ninguno de los sobredichos ha exercido oficio vil ni mecanico, ni otro de mala
estimación, antes los sobredichos han sido muy honrados que vivieron siempre de
su hacienda que tubieron muy crecida aviendo exercido Juan Cavaleiro los oficios honorificos de la republica con
mucho aplauso sin ser jamas depuesto de ellos como es publico y notorio
comunmente opinion comun vox y fama sin jamas aver sido cosa en contrario ni
publico ni secreto en tiempo alguno.
A la 8ª que este
apellido de Cavaleiro es bueno, y limpio de toda mala raza, y que con el se
apellida mucha gente de este pais sin que jamas por el perdiese cosa alguna que
con el se apellidase y que no save venga de otra parte, ni tenga casa solar
antes save se conserva en esta familia desde inmemorial tiempo a esta parte en
las partes donde vivieron sus antepasados sin jamas aver oido cosa por
contrario.
Extracto do testemuño de Juan Pérez
veciño de San Esteban de Budiño,
sobre Gregorio Romero (bisavó):
A la 2ª que el sobredicho no ha exercido oficio vil ni mecanico, ni otro de mala estimación, antes ha sido hombre muy honrado familiar del Santo Oficio(1) que vivió siempre de su hazienda, tubo muy crecida como es publico y notorio (...)
(1) Familiar do Santo Oficio era o nome que recibían certos membros de menor nivel da Santa Inquisición, cuia función era a de servir de informantes.
Extracto dos testemuños de Benito Vaqueiro Carballido clerigo presvitero de Santa María de Salceda:
(...) aviendo sido su abuelo Dn Francisco Cavaleiro varias vezes Juez, Regidor y Procurador general de esta villa, y su Padre también juez de la misma villa con mucho aplauso y estimación universal, (...)
e de Gregorio da Farrapeira, veciño tamén de Salceda:
Y que aviendo sido su abuelo Dn Francisco Cavaleiro muchas vezes Juez, Regidor y Procurador General de esta villa, y su Padre Juez también de la dicha villa con mucha estimación y universal (...)
Dentro del Colegio Mayor de la Universidad de Santiago a seis dias del mes de junio yo Joseph Alvaro de Puga colegial actual en dicho colegio informante nombrado por el rector y colegiales de el para la calificación de limpieza y costumbres de el Becario Dn Simon Cavallero opositor a una veca theologa afecta a los naturales de el obispado de Tuy, y ansi mesmo para la calificación de todos sus ascendientes, certifico y hago fe como oy dia de la fecha me parto a dar principio a dicha calificación a la villa de Salzeda distante diez y siete leguas de Santiago, y a hazer las mas diligencias conducentes a dicha calificación y para que conste lo certifico en dicho colegio dicho dia, mes y año de arriba.
Joseph Alvaro de
Puga.
En la villa de Salzeda a onze dias de el mes de junio año de
mil sietecientos y veinte y uno yo Joseph Alvaro de Puga, informante
nombrado por el Rector y Colegiales del colegio Mayor de Santiago para la
calificación del Becario Dn Simon Cavallero y sus ascendientes certifico
y hago fe como oy dia de la fecha entre las seis y siete de la tarde he
llegado a dicha villa para efecto de hazer dicha calificación y para que
conste lo certifico y firmo dicho dia, mes y año de 1721.
Joseph Alvaro de
Puga.
En la villa de Salzeda a 15 dias de el mes de junio del año del Sr,
yo Joseph Alvaro de Puga informante nombrado por el Rector y Colegiales del
Colegio Mayor de Santiago para la calificación de la naturaleza de el becario Dn Simón Cavallero
opositor a una theologa de dicho colegio, fui
a casa del Dr. Dn. Thomas Gil Correa, clerigo presvitero y abad de dicha villa
y aviendole pedido exibiese los libros de bautizados de la yglesia y parroquia
de esta villa mandeno uno que comenzó el año pasado de 1916 que comienza con
estas palabras:
Libro de bautizados de la yglesia de Salzeda, y acaba con
estas: valga lo enmendado Benito Vaqueiro Carvallido, y aviendole
ojeado, y numerado hallé al folio 98 una partida de el tenor siguiente:
En un dias de el mes de junio de el año del 73 yo Juan
Rodriguez Herbon de Lizencia de el Lizenciado Dn Alonso Pereyra y Castro, abad
de esta villa de Santa María de Salzeda
bautize un hijo de Francisco Cavaleiro de la Costa, y de su muger Catalina
Besada, pusele nombre al bautizado Simon, fueron sus padrinos en
Lizenciado Benito Perez y Angela de Moreyra moza soltera vezina de
Parderrubias, y los demas vezinos de esta villa, y lo firmo: Juan Herbón:
Y aviendole
preguntado si tenía mas libros de bautizados de dicha Yglesia dijo no tenía
otro alguno y juró en forma sobre su pecho, y corona no tenía mas libros de
bautizados de dicha Yglesia, y que aquella partida no era suplantada, ni
fingida antes parecía letra y firma de Dn Juan Herbón vizce cura que era ala
yglesia de dicha villa por la mucha semejanza que tenía con las demás partidas,
y esto dijo ser verdad, en que se afirmó, ratificó y firmó juntamente conmigo y
dijo ser de edad de cinquenta poco mas o menos, y aviendole leido su
declaración dijo estar bien, y fielmente escrita y no tener que añadir ni
quitar, y de ello yo informante doy fe dicho dia, mes y año de arriva.
Ante mi
Joseph Alvaro de
Puga
Dr Thomas Gil
Correa
Y aviendome
contado por la ya declaración de el que ser que estan difuntos sus padres antes
de estenderla pasé a casa de el Dr.
Don Thomas Gil Correa clerigo presvitero y abad de dicha villa de Salzeda a
15 días de el mes de junio deel año de 1721 yo Joseph Alvaro de Puga
informante nombrado por el rector y colegial de el colegio de Fonseca
perteneciente de la Universidad de Santiago, para la calificación de el Becario
Dn Simon Cavallero y mas ascendientes opositor a una veca theologica de dicho
colegio y aviendole pedido me exibiese los libros de difuntos me enseño uno que
comenzo el año pasado de 1619 que comienza con estas palabras:
Libro de difuntos de la villa de Salzeda, y acaba con
estas: y era cofrade de todas Dr Dn Thomas Gil
Correa,
y aviendole ojeado halle tener 278 ojas, y al folio 258 halle la partida
siguiente:
En 2 dias del mes de maio de el año del 18 se fallecio
con los Santos Sacramentos Catalina
Besada, hizo testamento dejó a cada tro. diez misas una cantada y las demas
rezadas, y de ofrenda 6 rs a cada tro. y por sus obligaciones diez misas
asomade, y a cada cofradaria 1 ferrado de mijo maiz: dn Alonso Pereyra de
Castro: Y al folio 270 otra de el tenor siguiente: en 6 dias del mes de abril
de el año 1719 fallezio con los santos sacramentos Francisco Cavaleiro, hizo testamento, a cada tro. dejó 12 señores
sacerdotes con su misa cantada, y otra vuelta con 1, 32 misas votivas a cada
cofradia, inclusa la fábrica medio ferrado de maiz, era cofrade de todas. Y
aqui empieza para la quenta que yo he de dar de las ánimas de que yo soy
mayordomo, pago la ofrenda que corresponde a cada ctero., y el resto. Dn Thomas
Gil Correa:
de cuias
partidas consta estar suscritos los difuntos y aviendolo preguntado si tenia
mas libros de difuntos dijo no avia otro a lo que juró sobre su pecho y corona,
y que la su partida no era suplantada ni fingida, antes parecía letra y firma
de dicho Dn Alonso Pereyra y Castro, cura que era de esta villa, lo que me
parecío ser verdad por la mucha semejanza que tenía con otras, y en la 2ª
reconoció por suia la firma, y dijo no ser tampoco suplantada ni fingida, y
esto dijo ser verdad en que se afirmó, ratificó, y firmó conmigo y dijo ser de
edad de cinquenta poco mas o menos, y aviendole leido su declaración dijo estar
bien y fielmente escrita, y no tener que añadir, ni quitar, de lo que yo
informante doy fe dicho dia, mes y año de arriva.
Joseph Alvaro de
Puga
Dn Thomas Gil
Correa
En la villa de Salzeda a 15 dias de el mes de junio de mil sietecientos y veinte y uno yo Joseph Alvaro de Puga informante nombrado para la calificación del becario Dn Simon Cavaleiro opositor a una veca theologa afecta a los naturales del obispado de Tuy, y ansi mismo para la calificacion de todos sus ascendientes tome por testigo al Dr Dn Thomas Gil Correa clerigo presvitero abad de dicha villa de el que recivi juramento que hizo en forma sobre su pecho y su corona, prometiendo dezir verdad en lo que por mi informante le fuese preguntado, y siendo examinado al tenor de el interrogatorio siguiente:
A la 1ª pregunta
que conoce al Becario Dn Simon Cavaleiro
opositor a una veca de el colegio de Fonseca P. de la Universidad de Santiago y
save que es natural de dicha villa de Salzeda, y que conoció a Dn Francisco Cavaleiro y Dª Catalina
Besada el natural y vezino de Salzeda, ella vezina desta villa y
natural de San Salvador de Nogueira, y ansi mismo conocia a Dn Francisco Cavaleiro y Dª Marta Romero,
el vezino y natural de Salzeda y ella vezina de dicha villa y natural de San
Justo y Pastor de Entienza, abuelos paternos de el pretendiente y que tiene
noticia de Dn Esteban Alonso y Dª Ana
Cavaleiro natural de la Picoña y vezino y natural de Salzeda, y ella
natural y vezina de Salzeda, bisabuelos paternos de el pretendiente y ademas de
esto tubo noticia de Dn Gregorio
Romero, y Dª Ana Fernandez vezinos de San Justo y Pastor de Entienza,
el natural de San Salvador de Budiño y ella de Entienza, bisabuelos tambien de
dicho pretendiente y ansi mesmo conoció a Dn
Pedro Vesada, y Dª Angela Carvallido vecinos de San Salvador de
Nogueira, el natural de San Mamed de Guillarei, ella de Nogueira abuelos
maternos del pretendiente y ansi mismo tubo noticia de Dn Fernando de Vesada, y Dª Ana Fernandez vezinos y
naturales de San Mamed de Guillarey bisabuelos maternos de el pretendiente y
tambien tubo notizia de Dn Alvaro
Carvallido y Dª Paula Moreyra vezinos de San
Salvador de Nogueira, el natural de alli y ella de Gulanes, y no tiene notizia
de otro ascendiente por ninguna linea y que el conocimiento y noticias que
lleva dichas las tiene por aver tratado muchas vezes con personas de esta
familia, y con otras pero mas ancianas de el contorno aora difuntos.
A la 2ª que no
le tocan las generales de la ley que por mi informante le fueron declaradas, y
que no ha sido llamado, ni induzido, avisado ni a temorizado de el pretendiente
ni otra persona en su nombre y que aunque fuera no dijera si no la verdad.
A la 3ª que
dicho pretendiente es hijo lexitimo de dichos sus padres Dn Francisco Cavaleiro
y Dª Catalina Vesada que murieron abra 12 o 13 años, y estan sepultados en la
Yglesia Parroquial de dicha villa que le hubieron y procrearon durante
matrimonio y que es natural y ha sido bautizado en la yglesia parroquial de
Salzeda, que tendra de edad 19 a poco mas o menos, y que en orden a esto se
refiere al libro de bautizados de dicha yglesia.
A la 4ª dicho
pretendiente no ha sido casado, ni desposado fraile, ni monje, ni ejercio orden
por este irregular, y que si otra cosa fuera el testigo lo supiere por
comunicar repetidas vezes con personas de esta familia, y otras de esta tierra.
A la 5ª que no
save tenga beneficio o curado, ni menos tiene prebenda que le obligue a
residencia.
A la 6ª que es
de buenas, y loables, costumbres, apacible, honesto, recogido, no mal acondicionado,
discolo, ni revoltoso, y tal que puede vivir en qualquier comunidad, ni ha
tenido ni que tenga bubas, ni otro mal contagioso, que induzqa horror a
nadie, ni es gafo ni descendiente de tales, y que si otra cosa fuera el
testigo lo supiera, o lo hubiera oido dezir por lo que el dicho lleva.
A la 7ª que
dicho pretendiente no tiene beneficio curado ni prestamo, pension ni otra renta
que llegue a 50 ducados en un año.
A la 8ª que no
save sea pariente dentro 1º grado de alguno de los colegiales, que al
prestacion de dicho colegio ni de un mismo lugar, ni bautizados en una misma
pila parroquial lo qual se los nombre con sus apellidos, naturalezas y
verlidades ni menos sabe sea pariente de el lizenziado Dn Pasqual Romero por
este apellido.
A la 9ª que
dicho pretendiente no ha sido preso, ni acusado ni condenado por la Santa
Ynquisición ni por otro juez por delito de herejia, ni otra causa de que se
le aya seguido nota de infamia, ni de esto es, ni ha sido infamado en público,
ni en secreto en tiempo alguno, antes sabe que es bueno y catolico cristiano y
por tal es avido, tenido, y comunmente reputado entre todas las personas que le
conocen, sin jamas aver sido, ni sospechado, ni aver oido dudar, ni sospechar,
cosa en contrario fuera no, pudiera dejar de verlo, o a ver oido dezir por lo
que dicho dexa.
A la 10ª que
dicho pretendiente es hijo lexitimo de dichos Francisco Cavaleiro y Dª
Catalina Besada, que le hubieron y procrearon estando casados in facie
ecclasiae y por tal le criaron y alimentaron tratandole de hijo y el a
ellos de padres y por tales avido, tenido y comunmente reputado entre todas las
personas que le conocieron y conocen.
A la 11 y 12 que
los dichos Dn Francisco Cavaleiro y Dª Catalina Besada su mujer, padres de
dicho pretendiente y mas ascendientes y el testigo conocio, y tubo noticias son
asi mismo hijos lexitimos cada uno de dichos sus padres y por tales habidos,
tenidos, y comunmente regulados asi de los dichos sus padres como de todas las
personas que los conocieron, y de ellos tubieron noticia, sin jamas aver oído
cosa en contrario ni en publico, ni en secreto en tiempo alguno.
A la 14 y 15 que
los dichos sus padres, abuelos y bisabuelos de el pretendiente por todas lineas
ellos, ni alguno de ellos, ni de sus ascendientes no son ni han sido negros,
acusados, ni condenados por las Santa Ynquisición, por delito de herejia, ni
por otro juez por delito o causa de que se les aya seguido infamia, antes todos los sobredichos son, y
han sido buenos y catolicos y
cristianos, y por tales son, y han sido
siempre habidos, tenidos, y comunmente reputados entre todas las personas que
los han conocido sin jamas aver oido, savido, dudado , ni sospechado, ni oido
dudar, ni sospechar cosa en contrario en publico y en secreto en tipo agora.
A la 13 y 16 que
los sobre dichos, ellos ni sus antepasados ni alguno de ellos no son, ni han
sido moros, marranos, judios, quemados, inbenitados, recien convertidos,
reconziliados, ni ultimamente de algún genero de judaismo, ni otra seta
reprobada, ni tiene origen, ni descendencia
de tal dicha casta, ni de ello son, ni han sido infamados en publico, ni en secreto en tipo alguno
antes todos ellos son, y han sido cristianos viejos, y limpios de toda mala
raza o, seta reprobada, como es publico, y notorio, publica voz, y fama, y
comun opinion, y que por tales son, y fueron siempre havidos, tenidos, y
comunmente reputados entre todas las personas que los conocieron, y de ellos
tubieron noticias sin que el testigo aia
savido, oido, dudado, ni sospechado oido dudar, ni sospechar cosa en contrario
en publico, ni en secreto en tipo a agora y que si otra cosa fuera el testigo
lo supiera, o hubiera oido dezir por lo que dicho lleva, y por que semejantes
faltas no se ocultan facilmente.
A la 17 que
dicho pretendiente co tal hijo, nieto y bisnieto de los dichos sus padres,
abuelos, y bisabuelos es habido y tenido y comunmente reputado entre todas las
personas, que le conocieron por tal cristiano viejo, limpio de toda mala
raza de moros, judios, marranos, confesos, sanbenitados o penitenciados por la
Santa Ynquisición y que no es ni han sido sus antepasados de ellos
infamados en publico ni en secreto en tiempo alguno y que si lo contrario fuera
el testigo lo supiera o hubiera oido dezir, y no pudiera ser menos por las razones
que dicho deja.
A la 18 que el
dicho pretendiente ni dichos sus ascendientes ello ni alguno de ellos han
tenido, ni exercido oficios viles ni mecanicos como son de zapatero,
pregonero, porquerizo, verdugo o cortador de carne, ni otro que induzqa
infamia, abajeza, ni menos estimación antes todos ellos son y han sido hombres
muy honrados que vivieron siempre de sus haziendas que las han tenido muy
quantiosas y crecidas, y que el padre de el pretendiente avia tenido la vara
de dicha villa, exerciendo dicho empleo con mucha honra, y estimación de
todos, sin que por delito fuese de el depuesto.
A la 19 que
los apellidos de Cavaleiro, Besada, Romero, Fernandez, Alonso, Carvallido, y
Moreira son buenos y limpios de toda mala raza, y por tales habidos,
tenidos, y comunmente reputados, sin que jamas por ningunos de dichos apellidos
aia perdido cosa alguna persona que con ellos se apellidase, antes bien son de
la gente de mayor lustre, y estimación de esta tierra, y que no save que algun
de dichos apellidos venga de otra parte ni tenga casa solar antes save que
todos ellos se conservan en esta familia desde inmemorial tiempo a esta parte
en las partes donde son vezinos, y lo fueron todos sus ascendientes sin aver
oido jamas aigan origen de otra parte, y siendo preguntado el testigo por mi,
informante por que Dn Francisco Cavaleiro abuelo paterno de el pretendiente
siguio el apellido de su madre y no de su padre, dijo que dicho Dn
Francisco Cavaleiro no tubo motivo para seguir mas este apellido, que el otro,
si no el tener mayor afecto a este que aquel porque todos son igulaemente
buenos, y limpios de toda mala raza, de igual lustre y estimación, y por tales
siempre fueron avidos tenidos, y comunmente reputados asi en este pais como en
todas las partes donde han venido los sobredichos apellidos, sin que jamas
fuera oido, ni savido, dudado, ni sospechado perdiese cosa alguna persona que
con ello se apellidase, ni jamas avia oido dudar, ni sospechar cosa en
contrario ni en publico, ni en secreto en tiempo alguno.
A la 20 que
ninguno de los sobredichos, ellos, ni alguno de ellos han sido afrentados
con bofeton, palo o mala palabra en publico, ni en secreto, y que si lo
fueran se supieran despicar por ser gente de mucho respeto y que estima mucho
su credito.
A la ultima que
todo lo que lleva dicho es la verdad, publico, y notorio, publica vox, y fama,
y comun opinión en toda aquella tierra, sin que mas aver oido, ni savido,
dudado, ni sospechado, oido dudar, ni sospechar cosa en contrario en publico,
ni en secreto en tiempo alguno, en que se afirmó, ratificó, y firmó de su
nombre y dijo ser de edad de cinquenta poco mas o menos, y aviendo leido su
declaración dijo estar bien y fielmente escrita, y que no tenía que añadir, ni
quitar de todo lo que yo informate doi fe dicho mes y año de arriva.
Ante mi Joseph
Alvaro de Puga
Dn Thomas Gil
Correa
En la villa de Salzeda a 16 de junio del 721 yo Joseph Alvaro de Puga informante nombrado por el rector y colegiales del Colegio P. de Santiago para la calificación de el Becario Dn Simon Cavaleiro opositor a una veca theologica de dicho colegio afecta a los naturales de el obispado de Tuy tomé por testigo a Dn Juan Rodriguez de Herbon, clerigo presvitero de esta villa de el que rezivi juramento que lo hizo en forma sobre su pecho y corona prometiendo de dezir verdad en lo que por mi informate se fuese preguntado y siendo al thenor de el interrogatorio dispuso lo siguiente:
A la 1ª pregunta
que conoze al Becario Dn Simón
Cavallero opositor a una veca de el Colegio de Fonseca Universidad de
Santiago y save que es natural de esta
villa de Salzeda, y que conozió a Francisco
Cavallero vezino, y natural de Salzeda, y a Catalina Vesada vezina de dicha villa y natural de San
Salvador de Nogueira, padres de el pretendiente difuntos avra 10 años tal como
constava de el libro de difuntos a que se refirio y sepultados en la Parroquia
de esta villa y que conoció a dn Francisco
Cavallero vezino y natural de Salzeda y a Dª Marta Romero vezina de dicha villa y natural de San Justo y
Pastor de Entienza abuelos paternos de el pretendiente y que tubo noticia de Dn
Juan Estevan Alonso natural
de la Picoña, y vecino de San Jorge de Salzeda, y a Dª Ana Cavaleiro, vezina, y natural de dicho San Jorge de
Salceda bisabuelos paternos de el pretendiente, y al mas de esto que tubo
noticia de Dn Gregorio Romero
vezino de San Justo y Pastor de Entienza y natural de Budiño, y a Dª Ana Fernandez vezina y natural
de Entienza, bisabuelos también paternos de el pretendiente y ansi mismo que
conoce a Dn Pedro de Vesada, y
Dª Angela Carvallido el
natural de San Mamed de Guillarey, y vezino de Nogueira, y ella vezina y
natural de Nogueira, abuelos maternos de el pretendiente, y ansi mismo tubo
noticias de Dn Fernando Vesada,
y Dª Ana Fernandez vezinos y
naturales de Guillarey, bisabuelos maternos de el pretendiente y ansi mismo
tubo noticias de dn Alvaro Carvallido,
natural de Nogueira, y vezino de alli, y a Dª Paula Moreyra natural de Guillarey y vezina de Nogueira,
bisabuelos tambien maternos de el pretendiente, y que no tiene noticia de otro
algún ascendiente por ninguna linea, y que el conocimiento que lleva dicho lo
tiene por aver tratado muchas vezes con personas de esta familia, y con otras
personas ancianas aora difuntas, y por vivir en la misma villa y ser natural de
alli.
A la 2ª que no
le tocan las generales de la ley que por mi informante le fueron declaradas, y
que no ha sido llamado avisado, induzido, ni atemorizado de el pretendiente ni
otra persona en su nombre y que aunque lo fuera no dijera sin no la verdad.
A la 3ª y lo que
dicho pretendiente es hijo lexitimo de dichos sus padres Dn Francisco Cavaleiro y Dª Catalina Besada
aora difuntos por tal avido y reputado entre todas las personas que lo
conocieron y concen que le hubieron y procrearon estando casados infacie
eclessiae, y por tal le criaron, y alimentaron tratandole ellos a el de hijo, y
el a ellos de padres, siendole siempre muy obediente, y guardandoles mucho
respeto, siempre que es natural y ha sido bautizado en la parroquia de la villa
de Salzeda, y que tendra de edad entre diez y ocho, y diez y nuebe, y que en
orden a estos se refiere al libro de bautizados de dicha yglesia.
A la 4ª que
dicho pretendiente no ha sido casado, ni desposado, fraile, ni monje, ni
exerció orden por este irregular y que si otra cosa fuera el testigo lo supiera
por tratar repetidas vezes con personas de esta familia, y otras de esta
tierra, ser vezino y natural de el mismo lugar.
A la 5ª y 7ª que
no save tenga beneficio curado ni menos tiene prebenda que le obligue a residencia,
beneficio eclesiastico, prestamo, pensión ni otras rentas que llegue a 50 ds
cada un año.
A la 6ª que es
de buenas, y loables costumbre, apacible honesto, recogido, no mal
acondicionado, discolo, ni revoltoso, y tal que puede vivir en qualquier comunidad
ni ha tenido, ni sabe tenga bubas, ni otro mal contagioso que induzqa
horror a nadie, ni espejo, ni descendiente de tales, y que si otra cosa fuera
el testigo lo supiera, o lo hubiera oido dezir por lo que dicho lleva.
A la 8ª que no
save sea pariente dentro 1º grado de alguno deste colegio, que al presente son
en dicho colegio ni de un mismo lugar, ni bautizados en una misma pila, para la
que los nombres con sus apellidos, naturalezas, y vezindades, ni menos sabe si
aparezen de estos Dn Pasqual Romero por este apellido.
A la 9ª que
dicho pretendiente no ha sido preso, acusado ni condenado por la Santa
Ynquisición ni por otro juez por delito, de herejia, ni otra causa
de que se le aia seguido infamia, ni de ello es, ni ha sido infamado en
publico, ni en secreto en tiempo alguno, antes sabe que es bueno, y catolico
cristiano, y por tal es avido y tenido y comunmente reputado entre todas las
personas que le conocen, sin jamas aver oido, ni sospechado, ni aver oido dudar
ni sospechar lo contrario en publico, ni en secreto en tiempo alguno, y que si
lo contrario fuera no pudiera dejar de saberlo, o aver oido dezir por lo que
dicho deja.
A la 11 y 14,
que los dichos Dn Francisco Cavaleiro, y Dª Catalina Besada aora difuntos
padres de el dicho pretendiente y mas ascendientes que el testigo conocio y
tubo noticias son ansi mismo hijos lexitimos cada uno de dichos sus padres y
por tales avidos y tenidos, y comunmente reputados ansi de los dichos sus
padres como de todos las mas personas que los conocieron y de ellos tuvieron
noticia sin jamas aver oido cosa en contrario ni en publico, ni en secreto en
tiempo alguno.
A la 12 y 15 que
los dichos padres, abuelos, y bisabuelos de el dicho pretendiente por todas
lineas ellos, ni alguno de ellos, ni de sus ascendientes no son, si han sido presos,
acusados, ni condenados por la Santa Ynquisicion por delito de herejia, ni
por otro juez por delito o causa de que se les aya seguido infamia, antes todos
los sobre dichos son, y han sido catolicos cristianos, y por tales son, y han
sido siempre siempre avidos, tenidos, y comunmente reputados entre todas las
personas que los han conozido sin jamas aver oido, savido dudado, sospechado,
ni aver oido dudar, ni sospechar cosa en contrario en publico, ni en secreto en
tiempo alguno.
A la 13 y 16 y
17 que los sobredichos ellos, ni sus antepasados ni alguno de ellos, ni el
dicho pretendiente como hijo, nieto, y bisnieto de dichos sus padres,
abuelos, y bisabuelos no son ni han sido moros, marranos, judios, quemados,
inbenitados, recien convertidos, reconciliados, ni ultimamente de algun genero
de judaismo, o otra seta reprobada, ni tienen origen, ni descendencia de
tales ni de ellos son, ni han sido infamados en publico, ni en secreto en
tiempo alguno, antes todos ellos son, y han sido cristianos viejos, y limpios
de toda mala raza, o seta reprobada como es publico, y notorio, comun voz y
fama, y comun opinion y que por tales son, y han sido siempre tenidos, avidos y
comunmente reputados entre todas las personas que los conocieron, y de ellos
tuvieron noticia, sin que el testigo aia savido, dudado, ni sospechado, oido
dudar ni sospechar lo contrario en publico, ni en secreto en tiempo alguno, y
que si otra cosa fuera lo supiere por lo que dicho deja, y por que tales faltas
no se ocultan con facilidad.
A la 18 que el
dicho pretendiente ni dichos sus ascendientes ni alguno de ellos han tenido,
ni exercido oficios viles ni mecánicos, como de zapatero, pregonero,
porquerizo, verdugo, carnicero ni otro que induzca infamia, bajeza, ni menos
estimación, antes todos ellos han sido hombres muy honrados, que vivieron
siempre de sus haziendas, que las han tenido muy crecidas, y quantiosas, y haviendo
sido su Abuelo Francisco Cabaleiro
varias veces Juez, Regidor y Procurador
General de esta villa, y su Padre
Juez también de la dicha villa, logrando en dichos empleos mucha honra, y
gran estimación entre todos sin que por delito hubiesen sido de ellos
depuestos.
A la 19 que los apellidos de Cavaleiro, Besada,
Romero, Fernandez, Alonso, Carvallido, y Moreyra son buenos, y limpios
de toda mala raza, y por tales avido, y tenidos, y comunmente reputados,
sin que jamas por ninguno de dichos apellidos hubiese perdido cosa alguna
persona que con ellos se apellidase, antes bien son de la gente de mayor lustre,
y estimación de aquella tierra, y que no save que alguno de dichos apellidos
venga de otra parte ni tenga casa solar, antes sabe que todos ellos se
conservan en esta familia desde inmemorial tiempo a esta parte en las partes
donde son vezinos y lo fueron todos sus ascendientes sin aver oido jamas
traigan origen de otra parte: Y siendo preguntado el testigo por mi informante por
que Dn Francisco Cavaleiro abuelo de
el pretendiente avia seguido el apellido de su madre dejando el de su padre,
repondió que dicho Dn Francisco Cavaleiro no avia tenido motivo para seguir mas
este apellido que el otro, sino el tener mayor afecto a uno que a otro,
porque todos son igualmente buenos, y limpios de toda mala raza, de igual
lustre, y estimación, y por tales siempre fueron avidos, tenidos, y comunmente
reputados, ansi en este pais como en todas las partes donde han venido los
sobre dichos apellidos, sin que jamas aia oido, ni savido, dudado, ni
sospechado perdiese persona que con ellos se apellidase cosa alguna, ni jamas
oido dudar, ni sospechar, lo contrario en publico, ni en secreto en tiempo
alguno.
A la 20 que
ninguno de los sobredichos ellos ni alguno de ellos han sido afrentados con
bofeton, palo, o mala palabra en publico, ni en secreto, y que si lo fueran
se supieran despicaran por ser gente de mucho punto y amantes dde su credito.
A la vista que
todo lo que lleva dicho es la verdad, publico y notorio, comun opinion, comun
vox, fama en toda aquella tierra, sin jamas aver oido, ni savido, dudado, ni
sospechado, oido dudar ni sospechar lo contrario en publico ni en secreto en
tiempo alguno en que se afirmó, ratificó y firmó de su nombre, y dijo ser de
edad de 55 años poco mas o menos y aviendo leido su declaración dijo estar bien
y fielmente escrita, y que no tenia que añadir, ni quitar de todo lo que yo
informante doy fe dicho mes, y año de arriva.
Joseph Alvaro de
Puga
Juan Rodriguez
Herbon
C. FONSECA, S.H. 204, Exp. 2: Caballero Besada, Simón/Pruebas
de Limpieza de Sangre. FONDO UNIVERSITARIO/Universidade de Santiago de
Compostela
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