jueves, 8 de junio de 2017

Ano de 1901. O crime de BALTASAR “o GUAPO”. - Festa de San BENITO de PEGULLAL.





Antigamente celebrábase unha verbena na festividade de San Benito no barrio de Pegullal en Santa María de Salceda. Conservamos testemuña documental delas a través da crónica negra que quedou de algunha pelexa e altercados, que non podían faltar nunha boa festa:




En la romería celebrada en Salceda día de San Benito, se libró una verdadera batalla entre los mozos de aquella parroquia y otros de Cabreira y Alján, resultando gravemente herido de arma blanca el joven Nemesio Carracedo Veloso, domiciliado en el primero de dichos lugares.

También recibió lesiones, aunque leves, su convecino Jenaro Carracedo Justo. Como presuntos autores de dichas heridas, han sido presos y puestos á disposición del juez de Tuy, los portugueses Antonio Foraquin da Silva (a) Almeida y Joaquín Pereira, de 37 años y 19, respectivamente.

El Correo de Galicia 27 de marzo de 1914.








En la parroquia de Salceda (Tuy) apareció el cadáver de Francisco Cortiñas Alvarez, vecino de la misma.

La víspera del día en que apareció muerto, había ido á la fiesta de San Benito del Pegullal, cerca de su casa.

Por la noche regresó á aquélla completamente embriagado, y, al reconvenirle su esposa por el estado en que llegaba, la maltrató y pretendió pegar también con una azada á su padre político.

Durmió profundamente toda la noche, y al levantarse por la madrugada, cogió un revolver y se metió en un cobertizo, disparándose allí los tiros que le ocasionaron la muerte.

Créese que el motivo del suicidio ha sido la difícil situación económica en que se encontraba.

El Eco de Galicia Órgano de los gallegos residentes en las Repúblicas Sud-Americanas. 20 de agosto de 1905





Pero un día fatídico foi o 21 de marzo do ano 1901, data na que se fraguou na verbena de San Benito o xerme do crime que cometeu Domingo Baltasar “o Guapo”:




O CRIME de BALTASAR “o GUAPO






Según parte oficial de la Guardia Civil del puesto de Porriño, podemos ampliar, aunque poco, los detalles del homicidio ocurrido en la parroquia de Budiño, de aquel distrito y del que dimos ayer cuenta.

La víctima de este crimen, Francisco Pérez Alfaya, de 59 años de edad, fué muerto en su propio domicilio de un tremendo golpe que en la cabeza le asestó con un palo su convecino Domingo Baltasar González, de 22 años y oficio labrador.

Lo que no está bien aclarado es la causa originaria del homicidio, que parece ser fué motivado por una disputa sostenida entre ambos.

El agresor, inmediatamente de realizar el crimen huyó de la parroquia, consiguiendo internarse en Portugal, por cuya razón no ha podido ser capturado.

El Diario de Pontevedra. Periódico liberal. 17 de abril de 1901






Dicían de Domingo Baltasar que era un rapaz conflitivo, de carácter pendencieiro e provocador, “se las echaba de guapo”, tiña 22 anos de idade, vivía en Budiño e dedicábase ás tarefas do campo como a maioría dos seus veciños.

O 21 de xuño de 1901 xunto co seu pai, coincidiron con José Pérez, veciño de ambos, na romaría de San Benito de Pegullal que se celebraba en Salceda.

Nun momento da festa, Baltasar comezou unha forte discusión co seu pai que rematou en golpes ata que interviu José Pérez en auxilio do mais vello, conseguindo que remitisen as agresións.  Pero o rancoroso Baltasar que tiña mal perder, gardoullas ...

Tres semanas despois, o 13 de abril de 1901, estando José Pérez na eira da súa casa preparando unhas vimbias para atar as viñas, preséntouse de imprevisto Baltasar e sen mediar palabra algunha botoulle as mans ao pescozo. Sen poder defenderse José caeu ao chan ao tempo que pediu auxilio. Ante os berros de socorro, saíu na súa axuda o seu pai Francisco Pérez Alfaya quen nese momento tamén estaba na casa.

Baltasar liberou a José e focalizou a súa ira contra Francisco, colleu un pau e pegoulle un forte golpe na cabeza que o fixo derribar instantáneamente ao chan, e para rematalo aséstoulle outro broucazo no pescozo, causándolle unha fractura no cranio e unha conmoción cerebral, provocándolle a morte poucas horas despois.

Baltasar consciente do mal que fixera fuxíu cara a Portugal, manténdose prófugo da xustiza durante 3 longos anos.

En 1904 percibindo certa relaxación no cerco sobre a súa captura, Baltasar comezou a merodear polas parroquias próximas ocultándose da Garda Civil, ata que en setembro de 1904 foi detido. Tras o pertinente interrogatorio confesou a autoría do crime.

O 2 de marzo de 1905 celebrouse a vista xudicial e Domingo Baltasar foi declarado culpable de causar a morte de Francisco Pérez Alfaya e condenado a 12 anos e un día de prisión e ao pago de 2000 pesetas de indemnización á familia da vítima.







Por la Guardia civil de Porriño ha sido capturado el vecino de la parroquia de Budiño, Domingo Baltasar González, que desde 1901 se halla reclamado judicialmente, como autor de la muerte de su convecino Francisco Pérez Alfaya, realizada el día 13 de Abril del citado año.

Dicho sujeto merodeaba ocultamente por la comarca, donde era temido por su carácter de pendenciero, haciendose el guapo.

Confeso de su delito fué entregado al Juzgado de instrucción de Tuy.

La Correspondencia Gallega. 24 septiembre 1904










La Guardia civil del puesto de Porriño acaba de prestar un importante servicio, capturando, después de tres años de pesquisas inútiles, al vecino de la parroquia de Budiño, Domingo Baltasar González, autor del asesinato de su convecino Francisco Pérez Alfaya, cometido el día 13 de Abril de 1901.

El detenido se las echaba de guapo, siendo de carácter pendenciero y provocativo, y hace tiempo que merodeaba por las parroquias del mencionado distrito, ocultándose á la acción de la justicia.

Confeso del delito mencionado, ingresó en la cárcel de Tuy á disposición del Juzgado del partido.


El Diario de Pontevedra. 24 septiembre 1904














Hoy se celebrará en la Audiencia la vista del proceso de Tuy contra Domingo Baltasar por muerte violenta de su convecino José Pérez Martínez.

El hecho ocurrió hace cinco años cerca del Porriño, pero por haberse ausentado el delincuente á Portugal no pudo celebrase hasta la fecha el juicio.

Pide el fiscal la pena de 14 años, 8 meses y un día de reclusión. La defensa está encomendada al abogado D. Prudencio Landín con el procurador D. Daniel Barros.

Diario de Pontevedra. 2 de marzo de 1905











Se vió ayer ante el Jurado en nuestra Audiencia, la causa incoada en el Juzgado de Tuy, contra Domingo Baltasar Gonzalez, por el delito de homicidio.

Según la relación Fiscal, el procesado venía enemistado desde hace tiempo con su cuñado José Pérez, vecino de Budiño, por haber salido el último en defensa del padre del Domingo á quien este amenazara de palabra y obra en la fiesta de San Benito de Pigullal.

Llegado el 13 de Abril de 1901 y estando el José Pérez en la era de su casa limpiando unas mimbres para atar la viña, se presentó allí el Domingo y sin mediar palabra alguna echó las manos al pescuezo del José tirándole al suelo, por lo que dió voces demandando auxilio, á las que acudió su padre Francisco Perez y al que acometió enseguida el procesado, con un palo, y pegándole primero en la cabeza cayó al suelo y yá en esta situación le dió otro en el cuello, causándole la fractura del cráneo y una congestión y meningitis cerebral, por consecuencia de las cuales falleció á las doce de la noche del mismo día.

Preguntado el procesado este niega ser autor del hecho que se le imputa y recibida la prueba el Presidente suspende la sesión hasta las tres y media de la tarde.

Reanudada, el Ministerio público pide en su informe se condene al procesado á la pena de 14 años, 8 meses y un dia de reclusión temporal, costas é indemnización de 2.000 pesetas á la familia del interfecto.

La defensa encomendada al señor Landín, refuta algunas de las afirmaciones hechas por el Fiscal y dice que su representado al ejecutar los hechos relatados, lo hizo por miedo y obedeciendo á una fuerza insuperable, al ser acometido por parte del interfecto y del hijo del mismo, sin intención de causar un daño tan grave como el que produjo, solicitando del Jurado un veredicto de inculpabilidad.

Hecho el resúmen por el Presidente, el Jurado se retiró á deliberar dictando un veredicto de culpabilidad, pero apreciando una circunstancia atenuante, pronunciando luego sentencia la Sala por la que se condena al Domingo Baltasar Gonzalez á la pena de 12 años y un día de reclusión temporal y 2000 pesetas de indemnización á la familia del interfecto.

La Correspondencia Gallega. 3 de marzo de 1905













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